Custodia de títulos y valores

Servicio especializado en la guarda y protección de instrumentos financieros, garantizando la seguridad y la integridad de los activos de los clientes. Incluye el registro y seguimiento de las operaciones.

El servicio de custodia de valores en CENIVAL asegura el resguardo correcto de los valores eliminando los riesgos de daño físico, infidelidad de empleados, falsificación de documentos, robo, y “computer crime” que implica el trasiego y manejo físico de valores entre inversionistas, emisores, e intermediarios. Este servicio incluye custodia simple, en administración, y en garantía.

CENIVAL mantiene contacto y relaciones con entidades homólogas, reconocidas internacionalmente, que realizan servicios similares en materia de custodia, administración, liquidación y cobo de títulos valores, lo que le permite que sus servicios trasciendan las fronteras nacionales.

El servicio de custodia puede ser sobre valores físicos o desmaterializados y se puede realizar bajo las tres modalidades siguientes:

A

Custodia simple: Depósito de valores con la única finalidad de ser custodiados.

i

B

Custodia en Garantía: Depósito en virtud del cual la entidad de custodia se obliga a mantener en garantía los títulos recibidos, en los términos del contrato de depósito en garantía suscrito entre las partes.

C

Custodia en Garantía: Depósito en virtud del cual la entidad de custodia se obliga a mantener en garantía los títulos recibidos, en los términos del contrato de depósito en garantía suscrito entre las partes.

En relación al literal c), los valores deberán estar custodiados bajo esta modalidad para poder ejecutar operaciones en la Bolsa de Valores y hacer traspasos a otras cuentas.

TITULOS O VALORES ELEGIBLES

Sólo podrán ser objeto de depósito los títulos o valores que puedan ser negociados en la Bolsa de Valores de Nicaragua y los que determine la Junta Directiva de la CENIVAL. Dentro de los elegibles se podrán considerar los siguientes:

A

Títulos o valores públicos, emitidos por el Gobierno Central de la República de Nicaragua, entes autónomos y por los municipios.

B

Títulos o valores  privados, emitidos por personas naturales o jurídicas habilitadas para operar en Nicaragua entre los que se contemplan los instrumentos de capital, instrumentos financieros y documentos comerciales.

C

Valores públicos y privados extranjeros que cumplan con los requisitos de emisión, negociación y custodia de su lugar de origen y que en caso de ser objeto de oferta pública en Nicaragua, hayan cumplido con los requisitos de inscripción en el Registro de Valores de la Superintendencia.

D

Valores públicos y privados extranjeros que cumplan con los requisitos de emisión, negociación y custodia de su lugar de origen y que en caso de ser objeto de oferta pública en Nicaragua, hayan cumplido con los requisitos de inscripción en el Registro de Valores de la Superintendencia.

En relación al literal d.; esto incluye, entre otros tipos de documentos, los requeridos por instituciones financieras como garantía de préstamos o respaldo de emisiones de participaciones de fondos de titularización, como pueden ser sesiones de derecho sobre créditos hipotecarios, entre otros.